NORMAS

TIPOS
a. Normas sociales: estas
normas son dictadas a partir de una serie de costumbres, tradiciones, y modas
que prevalecen en una sociedad en particular y frente a la cual los sujetos
deben responder con su cumplimiento. Estas reglas surgen de manera espontánea tras
la repetición de determinadas costumbres a lo largo del tiempo pero no por esto
no son percibidas por el individuo, a quien se las imponen, como no
obligatorias. En caso de que un miembro de la sociedad, del que se espera que
las respete, no lo haga, puede ser castigado con el rechazo y repudio social.
b. Normas religiosas: estas
normas devienen de Dios, quien las destina a todos los seres humanos, quienes
deben responder ante él con su cumplimiento. A pesar de esto, su cumplimiento
se espera por parte de la comunidad de los creyentes. En caso de que no cumplan
con las normas divinas, el individuo será castigado con la conciencia del
pecado.
c. Normas morales: estas
normas, a diferencia de las anteriores, no son dictadas por nadie más que por
el propio individuo, es por esto que están destinadas a sí mismo y responden a
la propia conciencia. Las normas morales, en caso de no ser obedecidas por el
individuo, este será castigado con su propio remordimiento.
d. Normas jurídicas: estas
leyes son formuladas por el poder legislativo y son dirigidas para todos los
individuos de una comunidad política en particular, de quienes se espera su
cumplimiento. El individuo debe responder, en caso de su incumplimiento, ante
un tribunal y será castigado con aquello que dictamine la ley.
CLASIFICACIÓN
·
Normas creadas: Surgen por iniciativa de la dirección, para
orientar el criterio de los subordinados y deben poseer un alto grado de
permanencia teniendo en cuenta la estabilidad, la cual es esencial para que se
pueda tener éxito en su objetivo. (Ejemplo normas de control interno).
·
Normas solicitadas: Se formulan con la
finalidad de enfrentarse un problema excepcional o problema determinado y debe
haber tantas normas como sean necesarias para abarcar las condiciones que
puedan preverse, pero no tan excesivas que produzcan confusión y no tenga
sentido.
·
Normas impuestas: Son aquellas que por exigencias externas, son impuestas a la
empresa, por ejemplo leyes, decretos, sindicatos, etc. Y obliga a la dirección
a incluirlas entre las normas de la empresa para que estén de acuerdo a las
legislaciones.
PROCEDIMIENTOS
Los procedimientos consisten
en describir detalladamente cada una de las actividades a seguir en
un proceso laboral, por medio del cual se garantiza la disminución de
errores:
a. No
son de aplicación general, sino que su aplicación va a depender de cada
situación en particular.
b. Son
de gran aplicación en los trabajos que se repiten, de manera que facilita la
aplicación continua y sistemática.
c. Son
flexibles y elásticos, pueden adaptarse a las exigencias de nuevas situaciones.
d. Desde
otro punto de vista Gomes G (1997) se enfoca en las siguientes características
de procedimientos:
e.
Por no ser un sistema; ya que un conjunto de procedimientos
tendientes a un mismo fin se conoce como un sistema.
f.
Por no ser un método individual de trabajo. El método se refiere
específicamente a como un empleado ejecuta una determinada actividad en su
trabajo.
g. Por
no ser una actividad específica. Una actividad específica es la que realiza un
empleado como parte de su trabajo en su puesto.
CLASIFICACIÓN
·
Procedimientos Jurídicos: Es el elemento dinámico de un procesos judicial general. Está
constituido principalmente de diferentes actos jurídicos que
son autónomos en sí mismos, y forman parte de la cadena jurídica. Están
contenidos dentro de un marco estrictamente legal y conformado por una serie de
diversas formalidades y tramitaciones en lo que se refiere al inicio y
desarrollo de cualquier tipo de actividad ligada al derecho y a los códigos
legales.
·
Procedimientos Administrativos: Este tipo de
procedimientos, al igual que los anteriores, está regulado por la ley y
enmarcado en un ámbito jurídico determinado. Su finalidad como tal es la
de formalizar la voluntad administrativa en forma de actos por
los cuales la administración pública realiza su deber. Por lo tanto, se ve
afectado por el principio de legalidad cuando se trata de casos públicos. En lo
referente a actividades privadas, debe seguir un determinado camino restricto a
la acción jurídica y atenerse a las normas legales pero
no es necesario el ordenamiento jurídico conocido y formalizado hacia la
sociedad.
DESCRIPCIÓN
DE LOS PROCEDIMIENTOS
Conjunto de
elementos que constituyen la estructura de un procedimiento
específico es el siguiente:
PORTADA
ENCABEZADO
TÍTULO DEL
PROCEDIMIENTO
INDICE
PIE DE PÁGINA
REFERENCIAS
DEFINICIONES
RESPONSABILIDADES
DESARROLLO
REGISTROS
LISTA DE DISTRIBUCIÓN
HISTORIAL DE
REVISIONES
ANEXOS
DIAGRAMACIÓN DE
LOS PROCEDIMIENTOS
No hay comentarios:
Publicar un comentario